4 claves de la corrupción entre empresas que aprendimos de los expertos en compliance

La corrupción entre empresas o particulares tiene muchas áreas grises. Por fortuna, el compliance tiene el poder de poner en blanco y negro muchas situaciones que, de otra forma, quedarían en el limbo.

El primer gris en la ecuación se da cuando acudimos a la definición típica de corrupción (abuso de bienes públicos en beneficio de un fin privado); la conclusión superficial podría ser que la corrupción entre particulares, no es corrupción. Pero, el sentido común nos dice otra cosa.

Para profundizar en este tema, invitamos a abogados expertos para conversar con Paola de la Torre, Directora de Valorum Ethics. En nuestro último MasterMinds conversamos con:

  • José Quiñones es Socio fundador en QIL+4 Abogados. Es asesor de corporaciones en la implementación de programas de Cumplimiento efectivo y gobernanza. Lidera un equipo de expertos que brindan asesoría e investigaciones en compliance. Ha participado en comités de la ISO para normas anticorrupción, gobernanza e investigaciones.
  • Luis Pedro Martínez es asociado en QIL+4 Abogados. Posee amplia experiencia en la resolución de controversias. Ha asesorado a clientes locales e internacionales en materia de cumplimiento normativo y prevención de riesgos.
corrupción entre empresas
José Quiñones y Luis Pedro Martínez, abogados expertos en compliance.

Te compartimos los principales puntos de nuestra conversación:

¿Qué leyes y normativas regulan la corrupción entre particulares?

En Guatemala, la corrupción entre empresas no está regulada. El decreto 31-2012 está enfocado únicamente en el actuar de funcionarios y empleados públicos, y aborda qué normas penales deben aplicarse si se incumple la ley.

Sin embargo, el decreto 31-2012 introdujo a la ley guatemalteca, la responsabilidad penal de las personas jurídicas. El artículo 2 de este decreto, reforma el artículo 38 del Código Penal. Se establece que también una organización podría ser responsable penalmente por los delitos cometidos por sus socios, accionistas, empleados y representantes.

Además, Gautemala está suscrita a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Esto es un impulso para la transparencia, tanto en el sector público como en el privado.

Ahora bien, en Latinoamérica, tanto Perú como Chile modificaron su código penal para tipificar la corrupción entre privados. A nivel global, es España el país que en Hispanoamérica más ha regulado este tipo de delitos.

corrupción entre empresas

Pero ¿qué sucede si ocurre un acto de corrupción a lo interno de una organización o que implique a dos empresas?

Es claro que todo depende de la gravedad de la falta. Pero, nuestros invitados subrayan varias acciones:

  • Aplica las normas de tu organización: José recomienda que los abogados de la empresa se anticipen a posibles situaciones. La idea es que los colaboradores al firmar el contrato laboral se adhieran al Código de Ética interno y a los manuales de procedimientos. Si existe un incumplimiento, esto proporcionaría un causal de despido justificado.
  • Vía civil: la organización puede exigir una rendición de cuentas a quien cometió la falta. Debe considerarse que las sanciones a directores y colaboradores corresponden a la obligación de proteger a la compañía.
  • Vía penal: de acuerdo con Luis Pedro, la Asociación de Examinadores de Fraudes Certificados evidenció que hay cuatro tipos de fraudes que se presentan en las organizaciones:
    • Conflicto de intereses
    • Sobornos: retorno sobre facturas, por ejemplo.
    • Regalos ilegales
    • Extorsiones económicas

Si una organización guatemalteca se ve afectada por alguno de estos tipos de corrupción, sí es posible deducir responsabilidades penales. Algunos ejemplos son:

  • El retorno o comisión sobre facturas está tipificado como caso especial de estafa.
  • La extorsión económica está presente en el Código Penal como hurto agravado y existe también el delito de coacción.

La recomendación es analizar caso por caso para saber si una falta puede castigarse penalmente o bien, deducir responsabilidades civiles por daños y perjuicios ocasionados a la organización.

¿Cómo puedo establecer una defensa efectiva contra la corrupción entre empresas?

Uno de los elementos esenciales es contar con un mecanismo de denuncia.  Este abrirá la puerta a una comunicación fluida y te alertará sobre malas prácticas y riesgos.

Luis Pedro destacó que en el Report to the Nations 2020, se examinaron más de 2000 casos de fraude corporativo que causaron una pérdida total por tres billones de dólares. De este total, el 43% de los casos fue detectado por pistas que llegaron a través del canal de denuncia interna o línea ética.

Este indicador es una muestra que cuando una organización impulsa el cumplimiento y además tiene herramientas efectivas de comunicación con sus grupos de interés, puede mitigar riesgos e impulsar su cultura de una forma más eficiente.

línea ética

La autorregulación es siempre clave para luchar contra la corrupción entre empresas

Es tan importante que el compliance está fuertemente vinculado a la voluntad de las organizaciones por actuar de forma íntegra. Entonces, existan o no leyes locales o internacionales, la esencia de la cultura de cumplimiento sigue siendo la misma y no hay que perderla de vista.

La autorregulación es la mejor forma de mitigar riesgos e impulsar la cultura ética. Es más, actualmente las normativas del compliance como la ISO 37301, impulsan las buenas prácticas. Una organización que se autorregule tiene una buena parte del camino recorrido.

Cerramos con esta recomendación de nuestros invitados: debe mantenerse el enfoque del compliance que es identificar y controlar los riesgos, trabajar de la mano con los proveedores y auditores, y encontrar cuáles son las vulnerabilidades. En el mar de las nuevas regulaciones, no debe perderse la esencia del compliance.

corrupción entre empresas

 


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